Autónomo en baja por maternidad o paternidad

Baja por Maternidad y Paternidad para Autónomos en 2026: Cuantía, Duración y Trámites

Desde la Ley 48/2015 y su posterior desarrollo, los autónomos disfrutan de la misma duración de descanso por nacimiento que los trabajadores por cuenta ajena: 16 semanas por progenitor. Durante ese período, el INSS paga el 100% de la base de cotización y la Seguridad Social exime del pago de la cuota mensual.

16 semanas
Duración de la prestación por nacimiento y cuidado de menor · 100% de la base reguladora · Exención de cuota SS

Cuánto cobra un autónomo en baja de maternidad/paternidad

La base reguladora diaria se calcula así:

Base reguladora diaria = Base de cotización del mes anterior al parto ÷ 30

La prestación diaria es el 100% de esa base reguladora. Ejemplo práctico:

Base de cotización mensualBase reguladora diariaPrestación mensual aprox.
1.000 € (mínima 2026)33,33 €/día~1.000 €/mes
1.500 €50 €/día~1.500 €/mes
2.000 €66,67 €/día~2.000 €/mes
3.000 €100 €/día~3.000 €/mes
Base máxima 2026 (4.720,50 €)157,35 €/día~4.720 €/mes
¿Conviene aumentar la base antes del parto? Sí, si llevas tiempo cotizando por la base mínima. Puedes modificar tu base de cotización en cualquier momento del año (con efectos desde el mes siguiente). Un aumento temporal meses antes del parto puede multiplicar la prestación.

Duración y distribución del descanso

SemanasObligatoriedadCuándo deben disfrutarse
Primeras 6 semanasObligatorias e ininterrumpidasInmediatamente tras el parto/adopción
Restantes 10 semanasA voluntad del progenitorCualquier momento dentro del primer año de vida/adopción (en períodos mínimos de 1 semana)

Ambos progenitores pueden disfrutar simultáneamente las 6 semanas obligatorias. Las 10 semanas voluntarias también pueden coincidir o alternarse.

Requisitos para cobrar la prestación

  • Estar de alta en el RETA (Seguridad Social de autónomos) en el momento del hecho causante.
  • Tener las cotizaciones al día (sin deudas con la SS).
  • Período de carencia: Para menores de 21 años, sin carencia. Para 21-26 años, 90 días cotizados. Para mayores de 26 años, 180 días en los últimos 7 años o 360 días a lo largo de la vida laboral.
  • En el caso de adopción o acogida, mismas exigencias que para el parto biológico.
Sin carencia para el parto: Hacienda y el INSS han establecido que para el parto (no adopción), si eres menor de 21 años no necesitas período de carencia. Entre 21 y 26, solo 90 días. Esto facilita el acceso a autónomos jóvenes.

Exención de cuota SS durante la baja

Durante todo el período de descanso, la TGSS exime del pago de la cuota de autónomo. Esta exención es automática una vez que el INSS reconoce la prestación. No tienes que hacer ningún trámite adicional para recibir la exoneración.

Si durante la baja de maternidad/paternidad también cambias tu base de cotización, el efecto será retroactivo al primer día del mes siguiente a la comunicación, igual que en circunstancias normales.

Cómo solicitar la baja de maternidad/paternidad

  1. Reunir documentación: DNI, libro de familia o registro de nacimiento, resolución de adopción/acogida (si aplica), número de Seguridad Social, IBAN de cuenta bancaria.
  2. Presentar la solicitud en el INSS mediante:
    • Sede electrónica del INSS (con certificado digital o Cl@ve).
    • Presencialmente en cualquier Centro de Atención e Información del INSS (CAISS), con cita previa.
  3. Plazo: No existe un plazo máximo estricto para solicitarla, pero el INSS no abona con carácter retroactivo si se solicita tarde. Se recomienda solicitar antes o en el momento del parto/adopción.
  4. El INSS resuelve y comunica la resolución, generalmente en 2-4 semanas. El primer pago puede tardar hasta 6 semanas.

Fiscalidad: ¿tributa en IRPF?

La prestación por nacimiento y cuidado de menor está exenta de IRPF conforme al artículo 7.h) de la Ley del IRPF. No debes incluirla como ingreso en tu declaración de la renta, aunque el INSS sí la reflejará en tu informe de vida laboral.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cobra un autónomo en baja por maternidad o paternidad?
La prestación por nacimiento y cuidado de menor equivale al 100% de la base reguladora, que se calcula como la base de cotización del mes anterior al inicio del descanso dividida entre 30. No hay período de carencia para los supuestos de parto, adopción o acogida si se está de alta en la Seguridad Social.
¿Cuánto dura la baja de maternidad/paternidad para autónomos?
Desde 2021, ambos progenitores tienen derecho a 16 semanas de prestación. Las primeras 6 semanas tras el parto/adopción son obligatorias e ininterrumpidas. Las 10 restantes pueden distribuirse en períodos de al menos una semana dentro del primer año de vida del menor.
¿Hay que pagar la cuota de autónomo durante la baja de maternidad?
No. Durante la prestación por nacimiento y cuidado de menor, el autónomo queda exento del pago de la cuota a la Seguridad Social. La Tesorería General aplica esta exención de forma automática una vez que el INSS reconoce la prestación.

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