IVA reducido del 10% y 4% para autónomos

IVA Reducido para Autónomos 2026: Quién Aplica el 10% y el 4% en sus Facturas

No todos los autónomos aplican el 21% de IVA en sus facturas. Dependiendo de la actividad o del bien que vendas, puede corresponder el IVA reducido (10%) o incluso el IVA superreducido (4%). Aplicar el tipo incorrecto es una de las infracciones más frecuentes en inspecciones de IVA.

Resumen de tipos de IVA en 2026

Tipo%Aplica a
General21%Todo lo que no esté en la lista de reducido o superreducido
Reducido10%Hostelería, obras en viviendas, frutas/verduras, transporte de viajeros…
Superreducido4%Pan, leche, huevos, queso, libros, medicamentos, prótesis…
Exento0%Sanidad, enseñanza reglada, seguros, operaciones financieras…

Actividades con IVA reducido del 10%

Las principales para autónomos son:

Hostelería y restauración

  • Servicios de restaurante, bar, cafetería: 10%
  • Servicios de catering y banquetes: 10%
  • Alquiler de viviendas turísticas (si el propietario presta servicios hoteleros): 10%
  • Agua para consumo humano y animal y para riego: 10%

Construcción y obras en viviendas

  • Obras de renovación y reparación de viviendas para particulares: 10% cuando el coste de materiales no supera el 40% de la base imponible total y el destinatario es persona física no empresario.
  • Construcción de viviendas de protección oficial: 10%
  • Suministro e instalación de sistemas de energía solar para viviendas: 10%

Alimentos y bienes de consumo

  • Frutas, verduras y hortalizas frescas (que no sean básicas al 4%)
  • Zumos, néctares, refrescos y bebidas no alcohólicas
  • Alimentos para animales de compañía
  • Productos de higiene femenina (compresas, tampones)

Actividades con IVA superreducido del 4%

  • Alimentos básicos: pan, harina panificable, leche, huevos, queso, frutas, verduras, legumbres y cereales en su estado natural.
  • Libros, revistas y periódicos (en papel e digital desde 2021).
  • Medicamentos para uso humano.
  • Prótesis, órtesis e implantes para personas con discapacidad.
  • Vehículos para personas con movilidad reducida y sillas de ruedas.
  • Viviendas de protección oficial (primera entrega).

Casos especiales con matices

ActividadTipo IVAMatiz
Fontanero en vivienda particular10%Solo si materiales < 40% del total; si > 40%, al 21%
Electricista en vivienda10%Misma regla que fontanero
Peluquero de animales21%No es servicio veterinario ni de salud humana
Veterinario (consulta animales de compañía)21%Solo sanidad humana está exenta; animales al 21%
Entrenador personal en domicilio21%No es instalación deportiva acondicionada
Taxi o VTC10%Transporte de viajeros en vehículos ligeros
Transporte de mercancías21%El 10% es solo para viajeros, no mercancías
Flores y plantas ornamentales10%Las semillas van al 10%; plantas de interior al 21%
Cuidado con las obras mixtas: Si en una obra de reforma de vivienda los materiales superan el 40% del total, toda la factura debe ir al 21%, no solo la parte de materiales. Es importante calcular correctamente antes de emitir la factura.

Preguntas frecuentes

¿Qué autónomos pueden aplicar el IVA reducido del 10%?
Pueden aplicar el IVA reducido del 10% los autónomos que prestan servicios de hostelería y restauración, los que realizan obras de renovación y reparación de viviendas para particulares (si el coste de materiales no supera el 40%), los que venden ciertos alimentos no básicos, y los que prestan servicios de transporte de viajeros.
¿Las clases de yoga o pilates tienen IVA reducido?
Las clases de yoga, pilates, crossfit y otras actividades deportivas impartidas por personas físicas o entidades privadas fuera de centros deportivos privados tributan al 21%. Sin embargo, si se imparten en instalaciones deportivas acondicionadas (gimnasios, polideportivos privados), el acceso a esas instalaciones tributa al 10%.
¿Un fontanero o electricista que trabaja en viviendas aplica IVA reducido?
Sí, en ciertos casos. Las obras de renovación y reparación en viviendas destinadas a uso particular tributan al 10% cuando el destinatario es una persona física que no actúa como empresario o profesional y el coste de los materiales no supera el 40% de la base imponible total de la obra.

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