Autónomo Jubilado: Cómo Compatibilizar la Pensión con Seguir Trabajando en 2026
Muchos autónomos se preguntan si pueden seguir con su actividad después de jubilarse. La respuesta es sí, gracias a la figura de la jubilación activa. Pero hay condiciones que determinan si cobras el 50% o el 100% de la pensión mientras sigues trabajando.
¿Qué es la jubilación activa?
La jubilación activa permite cobrar la pensión de jubilación y al mismo tiempo mantener la actividad autónoma. No es una jubilación parcial ni anticipada, sino una modalidad que combina pensión y trabajo simultáneamente, regulada en el artículo 214 de la LGSS.
Porcentaje de pensión según si tienes empleados
| Situación | Pensión cobrada | Cuota SS |
|---|---|---|
| Autónomo jubilado activo con al menos un empleado | 100% de la pensión | Cuota reducida (solo CC) |
| Autónomo jubilado activo sin empleados | 50% de la pensión | Cuota reducida (solo CC) |
| Jubilación ordinaria (cesa la actividad) | 100% de la pensión | No cotiza |
Cuota de Seguridad Social del autónomo jubilado activo
El autónomo en jubilación activa cotiza únicamente por incapacidad temporal y contingencias comunes a un tipo reducido. En 2026, la cuota es considerablemente inferior a la cuota ordinaria. Está exento de cotizar por:
- Desempleo (cese de actividad).
- FOGASA (fondo de garantía salarial).
- Formación profesional.
- Contingencias profesionales (accidente de trabajo).
¿Cómo solicitar la jubilación activa?
- Solicitar la pensión de jubilación ordinaria en el INSS cuando alcances la edad legal.
- Comunicar al INSS que optas por la modalidad de jubilación activa (continuar con la actividad).
- Presentar documentación: resolución de la pensión, justificante de alta en el RETA, y si tienes empleados, justificante del contrato de trabajo.
- El INSS reconoce la compatibilidad y te indica el porcentaje de pensión que percibirás.
Tributación en el IRPF de la jubilación activa
Si eres autónomo jubilado activo, en la declaración de la renta tienes que declarar dos fuentes de renta:
- La pensión de jubilación: se declara como rendimiento del trabajo (casilla 001 y siguientes).
- Los ingresos de la actividad autónoma: se declaran como rendimiento de actividades económicas (casilla 0100 y siguientes).
La suma de ambas bases puede empujarte a un tramo superior de IRPF. Es importante planificar bien para no llevarte una sorpresa en la declaración anual.
Jubilación flexible: la alternativa parcial
Existe también la jubilación flexible, distinta de la activa. En la jubilación flexible el pensionista trabaja a tiempo parcial y cobra una pensión proporcional a las horas no trabajadas. Esta modalidad está pensada principalmente para asalariados. Para autónomos, la jubilación activa es la opción habitual.