Primer año
Deducciones al Inicio de Actividad como Autónomo 2026: Gastos Previos y Beneficios Fiscales
El primer año de actividad como autónomo trae consigo una serie de gastos iniciales que muchos no saben que pueden deducirse: desde el ordenador comprado antes del alta hasta los cursos de formación previos al lanzamiento. Esta guía recoge todos los beneficios fiscales disponibles en el arranque.
Gastos previos al alta: ¿se pueden deducir?
Sí. El artículo 28 del Reglamento del IRPF (RIRPF) permite deducir gastos realizados antes del inicio formal de la actividad, siempre que:
- El gasto esté directamente relacionado con la actividad que vas a iniciar.
- Los gastos se produzcan en el ejercicio fiscal en que inicias la actividad o en el año anterior.
- Conserves las facturas originales.
- Hayas comunicado el inicio de actividad en el Modelo 036/037.
Qué gastos previos son deducibles
| Gasto | ¿Deducible antes del alta? | Condición |
|---|---|---|
| Ordenador, portátil, tablet | Sí | Comprado en los 12 meses previos al inicio; afecto a la actividad |
| Cursos de formación | Sí | Relacionados con la actividad que vas a ejercer |
| Dominio web y hosting | Sí | Para la actividad a desarrollar |
| Material de oficina | Sí | Directamente vinculado a la actividad |
| Gastos de asesoría/gestoría para el alta | Sí | Honorarios para el trámite de alta |
| Licencias de software profesional | Sí | Necesarias para el ejercicio de la actividad |
| Trajes o ropa de trabajo específica | Solo si es exclusiva de la actividad | Difícil de justificar si es ropa normal |
| Cámara fotográfica (para fotógrafo) | Sí | Instrumental específico de la actividad |
IVA previo al alta: cómo recuperarlo
Si compraste bienes o servicios en los 12 meses anteriores a tu alta como autónomo y pagaste IVA, puedes incluir esas cuotas en tu primer Modelo 303 como IVA soportado deducible. Condiciones:
- Las facturas deben estar a tu nombre (con tu NIF).
- Los bienes o servicios deben estar afectos a tu actividad.
- Debes conservar las facturas originales.
- Solo aplica si vas a tributar por actividades sujetas y no exentas de IVA.
Reducción del 20% en IRPF los dos primeros años
El artículo 32.3 de la LIRPF establece que los autónomos en su primer año de actividad (y en el siguiente) pueden reducir el rendimiento neto positivo en un 20%. Requisitos:
- No haber ejercido ninguna actividad económica en el año anterior al inicio.
- Rendimiento neto positivo en ese ejercicio.
- Al menos el 50% de los ingresos no deben proceder de una empresa o profesional para quien hayas trabajado en los 12 meses anteriores.
Tarifa plana en el primer año
Además de las deducciones fiscales, el primer año de alta en el RETA ofrece la tarifa plana: cuota reducida al mínimo con independencia de los ingresos reales. En 2026, la tarifa plana es de aproximadamente 80 €/mes durante el primer año completo de alta.